Al régimen contributivo, se deben afiliar las personas que tienen una vinculación laboral, es decir, con capacidad de pago como los trabajadores formales e independientes, los pensionados y sus familias.
RÉGIMEN SUBSIDIADO:
Para lograr la afiliación de la población pobre y vulnerable
del país al Sistema General de Seguridad Social en Salud
(SGSSS), el Estado colombiano ha definido al régimen
subsidiado en salud como su vía de acceso efectiva al ejercicio
del derecho fundamental de la salud.
Es responsabilidad de los entes territoriales la operación
adecuada de sus procesos, en virtud de su competencia
descentralizada frente al bienestar de la población de su
jurisdicción. De esa forma, los municipios, distritos y
departamentos tienen funciones específicas frente a la identificación y afiliación de la población objeto, así como sobre la inversión, contratación y seguimiento de la ejecución de los recursos que financian el Régimen ( recursos de esfuerzo propio, de la nación (SGP) y del Fosyga).
Así mismo, es deber de los entes territoriales el seguimiento y vigilancia al acceso efectivo a los servicios contratados por las EPS-S, por parte de la población beneficiaria, es decir, sobre la ejecución misma de los contratos suscritos con las EPS-S. El régimen subsidiado es el mecanismo mediante el cual la población más pobre del país, sin capacidad de pago, tiene acceso a los servicios de salud a través de un subsidio que ofrece el Estado.
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